¿Qué tipos de viviendas rústicas se pueden legalizar en la Comunidad Valenciana?
Siempre y cuando se cumplan los parámetros necesarios para construir una vivienda en suelo rústico (10.000 m2 de terreno, distancias a lindes, caminos y a otras construcciones…), se podrán legalizar mediante un proyecto técnico de legalización visado.
Anteriores al 25/05/1975
Para regularizar o legalizar este tipo de viviendas, en la Disposición Final Segunda de la Ley 5/2014, también conocida como TRLOTUP, permite asimilar estas construcciones a las construcciones con licencia.
Entre el 25/05/1975 y el 20/08/2014
Se trata de un escenario que regula la Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de la TRLOTUP. Según el artículo 211 bis. “Actuaciones de minimización de impacto territorial generado por las edificaciones aisladas en suelo no urbanizable”
Posteriores al 20/08/2014
Es el caso más restrictivo de los tres, este tipo de vivienda existente tiene que cumplir con los parámetros edificatorios de obra nueva en suelo no urbanizable (a parte de la normativa de planeamiento de cada municipio)